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¿Quién se queda con la mascota en caso de divorcio?

En prácticamente la mitad de los hogares españoles hay una mascota o incluso varias, y con la tasa tan elevada que tenemos de divorcios o separaciones de las parejas es inevitable preguntarse ¿quién se queda con el perro en un divorcio?

Desde Abogados de Familia Zaragoza siempre hemos incitado a la negociación y en este caso no va a ser diferente. Pensamos que un acuerdo con la expareja es siempre la mejor opción, sólo por el hecho de evitar el Juzgado y los costes jurídicos. Es muy difícil concretar un tiempo exacto para cada uno, por ejemplo una semana con un de los cónyuges y la siguiente con el otro, pero no necesariamente debe tratarse de un tiempo equitativo. Las parejas al final se conocen y es mejor que ellos decidan antes de que lo haga un Juez.

Si el acuerdo fallase también se pueden emprender acciones legales. Lo primero que debemos saber es que la mascota está considerada como bien mueble, según nuestros Código Civil, por lo tanto, pueden ser reclamados como propiedad. Aquí entran en juego factores como ¿quién adoptó el perro? o ¿quién lo compró? o si la mascota era de uno de los cónyuges antes del matrimonio.

¿Quién se queda con el perro?

El Juez puede dictar también una custodia compartida sobre la mascota, siendo el animal propiedad de ambos implicados. Esto implicaría la convivencia con uno de los dueños mientras que al otro se le concedería un régimen de visitas, por ejemplo los fines de semana, vacaciones, etc...

Si se tratase de animales territoriales, como por ejemplo en caso de los gatos, la custodia compartida no sería viable porque el desplazamiento puede provocar estrés en la mascota.

La custodia individual sobre el perro o el gato viene a ser la última opción, consiste en una indemnización a cambio de tener todos los derechos de custodia y goce sobre el animal.


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